El término “queso de Burgos” no se considera genérico porque no se ha probado y, por definición jurídica, no puede serlo.

La Justicia reconoce válida la IGP Queso de Burgos y la FeNIL pierde el recurso

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el último recurso impuesto por la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FeNIL) en la pugna por tumbar la creación de una Indicación Geográfica Protegida Queso de Burgos.

19 octubre 2023

El término “queso de Burgos” no se considera genérico porque no se ha probado y, por definición jurídica, no puede serlo.
El término “queso de Burgos” no se considera genérico porque no se ha probado y, por definición jurídica, no puede serlo.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el último recurso impuesto por la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FeNIL) en la pugna por tumbar la creación de una Indicación Geográfica Protegida Queso de Burgos. El largo episodio contencioso mantiene en vilo a las empresas burgalesas que quieren proteger un alimento tradicional mediante un certificado de producción como la IGP y evitar injerencias de empresas foráneas. 

La FeNIL, representante de 60 industrias que transforman el 95% de la leche que se produce en España, argumenta que el término “queso de Burgos” forma parte de la jerga y que se refiere a un tipo de producto, no a un alimento típico de una región. De hecho, indican en su recurso, que este tipo de queso carece de prestigio porque no es fruto de una elaboración artesanal. Además, la federación expone que la creación de una marca protegida y limitada podría perjudicar al sector comercial al crear confusión en el consumidor. 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestima el recurso de la FeNIL, lo que supone un impulso a la formación de la Indicación Geográfica Protegida desde la Asociación de Fabricantes de Queso de Burgos (Afaquebur), formada por cinco empresas queseras. Estas marcas son Productos Lácteos Ovejero, Lácteas Flor de Burgos, Lácteos Ruiz Angulo, Quesos de Sasamón y Mantequería Las Nieves. 

Según expone el fallo del TSJCyL, el término “queso de Burgos” no se considera genérico porque no se ha probado y, por definición jurídica, no puede serlo. Sobre la supuesta confusión que una IGP podría ocasionar a consumidores, el fallo estima que “no puede sostenerse” una tesis y prueba que una marca protegida tiene por objetivo “informar al consumidor e impedir que la competencia sea engañosa”. 

Las empresas queseras burgalesas argumentan que el producto que goce su IGP no guarda ninguna vinculación con el queso de Burgos de gran consumo, ya que este no se corresponde con el queso fresco tradicional que elaboran. La diferencia parte de su elaboración. El queso blanco industrial es consecuencia de un proceso de ultrafiltrado mediante concentración de leche y expulsión de suero previo al cuajado. Por su parte, el queso de Burgos tradicional es fruto de leche de vaca fresca cuajada. 

La IGP Queso de Burgos, un proceso legal largo 

La desestimación de este último recurso de la FeNIL supone un nuevo episodio en el largo proceso judicial que rodea a la IGP Queso de Burgos. Las empresas queseras tradicionales viven a espera de avanzar en la creación e implantación de una marca protegida mientras acusan a la FeNIL, representante del sector, de dilatar el proceso legal para su beneficio propio. Antes de este fallo, la Justicia se había pronunciado previamente a favor de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, que habían obrado a favor de la IGP. 

Además de la vía legal, los queseros burgaleses señalan que a comienzos de verano varias marcas referentes de la industria solicitaron cambios en los registros de sus marcas, que incluyen la palabra Burgos, para proteger a los productos afectados ante la posible creación de una Indicación Geográfica Protegida. 

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